La Pesca Cubana: Lo Legal y lo Ilegal en sus Aguas

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Cuba es una isla rodeada por las ricas aguas del Mar Caribe y el Océano Atlántico y posee una extensa plataforma marina con una biodiversidad excepcional. La pesca ha sido históricamente una actividad vital para su economía, su cultura y la subsistencia de sus habitantes.

La pesca, según Quirós Espinosa (2026), se define como la extracción de organismos acuáticos por medios de artes de pesca. Esta puede ser comercial, deportiva o de subsistencia, y desarrollarse en el mar, estuarios o hábitats dulceacuícolas. El mismo autor define la pesquería como la actividad organizada para realizar la pesca.

En Cuba, la Ley de Pesca No. 129/2019 y su marco regulatorio reconocen diversas modalidades de pesca, clasificadas principalmente en estatales y no estatales, junto con otras categorías específicas.

Pescas Legalmente Reconocidas Según su Finalidad

La pesca comercial estatal y cooperativa es realizada por entidades gubernamentales con interés en la exportación y el consumo nacional. Incluye la pesca en aguas profundas, la acuicultura controlada por empresas estatales y la explotación de recursos de gran valor como el camarón y la langosta. Sus bases legales descansan sobre el Ministerio de la Industria Alimenticia (MINAL) y la Oficina Nacional de Inspección Pesquera (ONIP), con cuotas de captura, vedas estacionales y especificaciones sobre artes de pesca y zonas de faena. Las cooperativas requieren una licencia expedida por el MINAL y se les permite la captura de peces como los túnidos y jaibas, los ostiones y almejas así como los camarones, pero excluye la pesca de langostas.

Barco de Pesca Comercial.

También se reconoce la pesca investigativa, que tiene una finalidad científica y se coordina en gran medida por el Centro de Investigaciones Pesqueras (CIP), así como la  pesca deportiva o recreativa, permitida solo en eventos oficiales y la pesca artesanal, autorizada para consumo familiar sin fines comerciales, ambas requieren una licencia aunque se excluye de esta la pesca artesanal en la costa con equipos mínimos como vara y anzuelo.

Torneo de Pesca, captura de pez león. (Pterois antennata).

Ejemplo de pesca artesanal en zonas costeras.

Pesca Ilegal o Furtiva

Esta actividad representa un desafío significativo tanto para las autoridades como para la conservación marina. Se realiza en secreto, a menudo durante la noche, en zonas prohibidas o con métodos ilícitos.

 Tipos y Características de la Pesca Ilegal:

– Pesca en Áreas Protegidas y Zonas Restringidas

Se realiza en parques nacionales, reservas marinas (como el Parque Nacional Jardines de la Reina) o zonas militares, donde la pesca está prohibida o severamente limitada. Representa un daño directo a ecosistemas sensibles y a especies protegidas, interrumpiendo ciclos reproductivos y el equilibrio ecológico.

– Uso de Métodos Prohibidos y Destructivos

Se refiere a la implementación de artes de pesca que están explícitamente prohibidas debido a su impacto ambiental o su ineficiencia selectiva como la pesca con explosivos (Dinamita) que es altamente destructiva, el uso de mallas con un tamaño inferior al permitido capturando juveniles y especies no deseadas, y la pesca submarina con tanque.

– Captura de Especies Protegidas

Incluye aquellas especies que por su estado de conservación queda prohibida su pesca y comercialización, como es el caso de las tortugas marinas, cocodrilos y manatíes.

También se reconocen como ilegalidades, la práctica de pesca sin licencia o fuera de las condiciones establecidas, como el uso de embarcaciones sin autorización y la extracción de organismos marinos con fines ornamentales o artesanales.

Fuentes:

  1. Ley No. 129/2019 “Ley de Pesca” y su Reglamento (Decreto No. 1/2019): Documento legal fundamental que regula toda la actividad pesquera en Cuba, disponible en la Gaceta Oficial y en sitios oficiales142. (https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/ley-129-de-2019-de-asamblea-nacional-del-poder-popular).
  2. Resoluciones del Ministerio de la Industria Alimentaria (MINAL). (https://www.minal.gob.cu/).

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